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Normativa

Dos normas definen el DeCA: una fija qué datos lleva el documento de control y la otra cómo debe ser su formato electrónico.

Las normas

NormaQué regula
Orden FOM/2861/2012El documento de control administrativo exigible en el transporte público de mercancías por carretera y los datos que debe contener.
Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y FerrocarrilLas características de los sistemas y documentos electrónicos de control: PDF nativo, dirección única, QR y acceso sin credenciales.
Real Decreto 1211/1990 (ROTT), art. 222El reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en el que se apoya la exigencia del documento de control.

Fechas clave

  • 5 de junio de 2026: resolución con los requisitos técnicos del formato electrónico.
  • 5 de octubre de 2026: el documento de control debe ser electrónico. El papel deja de valer.

Requisitos técnicos del formato electrónico

  1. El documento es un PDF nativo, no una imagen escaneada.
  2. Cada documento tiene una dirección web única accesible por HTTPS.
  3. El documento incluye un código QR que lleva a esa dirección.
  4. Desde esa dirección se puede consultar y descargar el documento sin usuario ni contraseña.
  5. El documento se conserva y queda accesible para la inspección.

Cómo los cumple DecaEmite

RequisitoEn DecaEmite
PDF nativoSe genera directamente desde los datos del formulario.
Dirección únicaCada DeCA tiene su dirección con un código aleatorio que no se puede adivinar.
Código QRImpreso en el PDF y visible en la app del conductor.
Acceso sin credencialesLa página del QR se abre sin registro y permite descargar el PDF original.
ConservaciónLos documentos se guardan como mínimo 12 meses.
Datos obligatoriosEl formulario no deja emitir si falta alguno.

Fuentes oficiales

Esta página resume la normativa con fines informativos y no es asesoramiento jurídico. Ante cualquier duda, consulta el texto publicado en el BOE.